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Foto del escritorThamys Gaertner

Cambios en el Boletín de Visas de febrero de 2023: EB-3, Otros trabajadores

Una de las partes más importantes al momento de preparar una solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485 o solicitud de residencia) basada en el Formulario I-140 en la categoría EB-3 es saber cuándo puede aplicar. El Boletín de Visas del Departamento de Estado de EE. UU. se publica cada mes y determina las fechas en las que las personas pueden solicitar su ajuste de estatus.

Para solicitar el ajuste de estatus en la categoría EB-3 (con algunas excepciones), debe estar legalmente como no inmigrante en los Estados Unidos. Es importante tener en cuenta que la fecha en que su Certificación Laboral (ETA 9089) se presenta al Departamento de Trabajo es su "Fecha de Prioridad” o “Priority Date” y esta es la fecha que utilizará para revisar el Boletín de Visas y determinar si está autorizado para solicitar su ajuste de estatus.


Debido al aumento de aplicantes en la categoría EB-3 "Otros trabajadores" (no especializados) para todos los países, en febrero de 2023 entrarán en vigor importantes retrocesos. Con este cambio en el Boletín de Visas para la categoria EB-3 "Otros trabajadores", debe tener en cuenta los siguientes escenarios:


1. Su Certificación laboral (ETA 9089) fue aprobada, pero todavía no ha radicado su Formulario I-485.


Si su certificación laboral se radicó antes de la fecha que aparece en el Boletín de Visas, ya puede radicar su I-485. También podrá recibir un Documento de Autorización de Trabajo (o permiso de trabajo) mientras el I-485 está en proceso.

2. Su Formulario I-485 está en proceso y su Certificación Laboral (ETA 9089) se presentó después de la fecha que aparece en el Boletín de Visas.


Usted será impactado por el retroceso. Todavía puede recibir su permiso de trabajo y podrá trabajar con dicho permiso. Sin embargo, el Formulario I-485 seguirá en proceso y no se aprobará sino hasta que su fecha de prioridad vuelva a estar al día en el Boletín de Visas.


3. Su Formulario I-485 está pendiente y la Certificación Laboral (ETA 9089) se presentó antes de la fecha que aparece en el Boletín de Visas.


Usted no será afectado por el retroceso. Todavía puede recibir su permiso de trabajo y podrá trabajar con dicho permiso. Dado que su fecha de prioridad sigue al día, su I-485 seguirá tramitándose normalmente.


4. Aún no ha radicado ni se ha aprobado su Certificación Laboral (ETA 9089) (está en proceso o aún no se ha radicado).


Si la categoría EB-3 "Otros trabajadores" todavía está retrasada en el momento en que se apruebe su certificación laboral, no podrá presentar su Formulario I-485 sino hasta que la fecha de prioridad del Boletín de Visas se actualice.


¿Qué debe hacer mientras tanto?


Es importante que mantenga su estatus legal durante el proceso EB-3 si se encuentra en los Estados Unidos. Tenga paciencia y comuníquese con nosotros para asegurarse de que esté preparado para presentar su Formulario I-485 una vez que su fecha de prioridad esté al día.


Para programar una consulta con uno de nuestros abogados y discutir sus planes y preguntas sobre la Categoría EB-3 o el Boletín de Visas, haga clic AQUÍ.

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